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Fondo dotal de capacitación y transferencia de tecnología agraria

Por: Santamaría, J.C | Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) Quito, Ecuador | IICA, Quito (Ecuador).
Tipo de material: TextoTextoEditor: Quito (Ecuador) 1998Descripción: 62 p.Tema(s): CAPACITACION | TECNOLOGIA AGRICOLA | TECNOLOGÍA | CampesinadoRecursos en línea: esp Resumen: El presente documento contiene el estudio realizado para el diseño y elaboración del mecanismo legal conducente a la implantación de dicho Fondo, el mismo que está destinado a la capacitación campesina y a los servicios de asesoría técnica a los productores agrícolas dentro del marco del Programa de Capacitación Nacional y Transferencia de Tecnología. El Fondo Dotal, creado, mediante la Ley de Desarrollo Agrario, en 1994, es por definición una asignación de fondos de permanencia indefinida para ser invertidos en forma rentable y generar ingresos futuros continuos. El estudio realizado destaca temas relativos a las características del Fondo, que será administrado por el Ministerio de Agricultura, el origen de los recursos, la forma de acrecentarlos, los portafolios de inversión, los réditos a obtenerse y los gastos que se efectuarán en los fines propuestos, los órganos de administración y control y las políticas y objetivos de inversión. (MV)
Tipo de ítem Ubicación actual Colección Signatura Estado Fecha de vencimiento Código de barras
Documento digital Documento digital Sede Central
Colección IICA IICA-E14 185 v.3 (Navegar estantería) Disponible BVE20088046
Documento digital Documento digital Sede Central
Colección IICA IICA-E14 185 v.3 (Navegar estantería) Disponible BVE26459004365

El presente documento contiene el estudio realizado para el diseño y elaboración del mecanismo legal conducente a la implantación de dicho Fondo, el mismo que está destinado a la capacitación campesina y a los servicios de asesoría técnica a los productores agrícolas dentro del marco del Programa de Capacitación Nacional y Transferencia de Tecnología. El Fondo Dotal, creado, mediante la Ley de Desarrollo Agrario, en 1994, es por definición una asignación de fondos de permanencia indefinida para ser invertidos en forma rentable y generar ingresos futuros continuos. El estudio realizado destaca temas relativos a las características del Fondo, que será administrado por el Ministerio de Agricultura, el origen de los recursos, la forma de acrecentarlos, los portafolios de inversión, los réditos a obtenerse y los gastos que se efectuarán en los fines propuestos, los órganos de administración y control y las políticas y objetivos de inversión. (MV)

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